En conformité avec l’Article 29-A du Código Fiscal de la federación, il est obligatoire pour une association reconnue d’utilité publique d’émettre le CFDI de dons fiscaux avec les caractéristiques suivantes:
Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos
V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
Los comprobantes que se expidan en los supuestos que a continuación se indican, deberán cumplir adicionalmente con lo que en cada caso se específica
b) Los que amparen donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán señalar expresamente tal situación y contener el número y fecha del oficio constancia de la autorización para recibir dichos donativos o, en su caso, del oficio de renovación correspondiente. Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos previamente, para los efectos del impuesto sobre la renta, se indicará que el donativo no es deducible.
Pour pouvoir émettre les justificatifs numériques avec la légende spécifique au reçu fiscal de don à l’aide de MYSuite:
1. Dans la page d’accueil pour facturer cliquer sur l’option Addendas y Formularios Especiales
2. Dans la page qui s’affiche, cliquer sur l’option de Complementos
3. Réaliser les étapes normales pour la création de la facture et à la fin cliquer sur Complementos
4. Cliquer sur Donatarias et afficher l’option où vous pourrez mettre la Date d’autorisation et le No. d’autorisation.
5. Cliquer sur émettre justificatif pour inclure la légende